Conforme a lo dispuesto en el artículo 204 de la Ley Electoral del Estado de Tamaulipas, la etapa de resultados y declaración de validez de las elecciones se inició, la noche del 06 de junio, con la remisión de la documentación y expedientes de la elección a los consejos electorales del IETAM y concluye con los cómputos y declaraciones que realicen éstos o las resoluciones que, en su caso, emitan las autoridades jurisdiccionales.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, al Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas le corresponde resolver en forma definitiva e inatacable las impugnaciones en las elecciones de diputaciones e integración de los ayuntamientos, entre otras.

Por lo anterior, hasta las 24:00 horas del miércoles 16 de junio de 2021, ante los consejos municipales y/o distritales, o ante la oficialía de partes del IETAM, se han presentado directamente los medios de impugnación siguientes:

Ahora bien, acorde a lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley de Medios de Impugnación Electorales de Tamaulipas, los recursos de inconformidad quedarán resueltos a más tardar el 20 de agosto del año de la elección.

Por su parte, el artículo 288 de la Ley Electoral del Estado de Tamaulipas señala que el Consejo General hará las asignaciones de diputaciones de representación proporcional y de regidurías de representación proporcional una vez resueltos por el Tribunal Electoral los recursos que se hayan interpuesto en los términos de la legislación correspondiente.

En consecuencia, en virtud del principio de definitividad, al no haberse controvertido, quedan firmes los cómputos municipales siguientes: