Asignación de diputaciones locales y de regidurías por el principio de representación proporcional sólo después de resolverse el último de los medios de impugnación respectivo por parte del Tribunal Electoral del Estado: segundo avance.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, al Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas le corresponde resolver en forma definitiva e inatacable las impugnaciones en las elecciones de diputaciones e integración de los ayuntamientos, entre otras.

Como es del conocimiento público, conforme a lo dispuesto en los artículos 275 y 276 de la Ley Electoral del Estado de Tamaulipas, a partir del miércoles 09 y hasta el viernes 11 de junio de 2021, los consejos municipales y distritales celebraron los cómputos determinándose la validez de las elecciones y las entregas de las constancias de mayoría, salvo en el caso del municipio de Nuevo Laredo, cuyo cómputo concluyó en las primeras horas del 12 de junio.

Por su parte, el artículo 12 de la Ley de Medios de Impugnación Electorales de Tamaulipas establece que los medios de impugnación deberán presentarse dentro de los cuatro días contados a partir del día siguiente a aquél en que se tuvo conocimiento o se hubiese notificado el acto.

Fecha de conclusión del cómputo Fecha límite para interponer medio de impugnación
09/06/2021 13/06/2021
10/06/2021 14/06/2021
11/06/2021 15/06/2021
12/06/2021 16/06/2021

Por lo anterior, hasta las 24:00 horas del lunes 14 de junio de 2021, ante los consejos municipales y/o distritales, o ante la oficialía de partes del IETAM, se han presentado los medios de impugnación siguientes:

 

Cómputos distritales
Distrito Actor
CD 01 Nuevo Laredo Partido Acción Nacional (1)
CD 04 Reynosa Partido Acción Nacional (1)
CD 05 Reynosa Partido Acción Nacional (1)
CD 07 Reynosa Partido Acción Nacional (1)
CD 10 Matamoros Partido Acción Nacional (1)
CD 11 Matamoros Candidato independiente José Álvarez Guerra (1)
CD 12 Matamoros Partido Acción Nacional (1)
CD 13 San Fernando Partido del Trabajo (1)
CD 14  Victoria Partido Acción Nacional (1)
CD 15 Victoria Partido Acción Nacional (1)
CD 16 Xicoténcatl Partido del Trabajo (1)
CD 17 El Mante Partido Acción Nacional (1)
CD 18 Altamira Partido Acción Nacional (1)
CD 19 Miramar Partido Acción Nacional (1)
CD 20 Ciudad Madero Partido Acción Nacional (1)
CD 21 Tampico Partido del Trabajo (1)

Morena (1)

 

Cómputos municipales
Municipio Actor
Abasolo Partido Acción Nacional (1)
Burgos Partido Acción Nacional (1)

Partido del Trabajo (1)

Camargo Partido Acción Nacional (1)

Partido Revolucionario Institucional (1)

Partido del Trabajo (1)

Morena (1)

Fuerza por México (1)

 

Díaz Ordaz Fuerza por México (1)
Güémez Partido Acción Nacional (1)
Jiménez Partido Acción Nacional (1)
Llera Candidata independiente Elisa Patricia Quintanilla Arcos (3)
Mier Morena (1)
Miquihuana Partido Revoluccionario Institucional (1)

Irma M. y otros (1)

Fermín J. y otros (1)

Nuevo Laredo Rogelio G. (1)
San Fernando Morena (1)
Soto La Marina Redes Sociales Progresistas (1)
Valle Hermoso Movimiento Ciudadano (1)
Victoria Partido Verde Ecologista de México (1)

Ahora bien, acorde a lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley de Medios de Impugnación Electorales de Tamaulipas, los recursos de inconformidad quedarán resueltos a más tardar el 20 de agosto del año de la elección.

Por su parte, el artículo 288 de la Ley Electoral del Estado de Tamaulipas señala que el Consejo General hará las asignaciones de diputaciones de representación proporcional y de regidurías de representación proporcional una vez resueltos por el Tribunal Electoral los recursos que se hayan interpuesto en los términos de la legislación correspondiente.

Finalmente, el Instituto Electoral de Tamaulipas mantendrá informada a la ciudadanía sobre la presentación y resolución de los medios de impugnación, así como la definitividad de los resultados de aquellos cómputos que, en su caso, no sean controvertidos.